REFORMA LABORAL: CONOZCA LOS CAMBIOS QUE VENDRÍAN PARA LAS PLATAFORMAS DIGITALES

Uno de los cambios que trae el proyecto de reforma laboral que radicó el gobierno, es que busca formalizar a todas aquellas personas que hoy en día trabajan en las plataformas digitales tecnológicas, tales como Rappi y Uber, entre otras.

Finalmente, el proyecto que radicó la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, y que se empezará a discutir en el Congreso, define lo que es un trabajador digital y cuáles son los cambios que vendrían para ellos.

Además, especifica que el Ministerio del Trabajo en coordinación con el de las Tecnologías de la Información y las Telecomunicaciones reglamentarán lo previsto en este capítulo.

El texto dice que estos trabajadores serán vinculados mediante contrato de trabajo y gozarán de todos los derechos y garantías. Así mismo, las empresas deberán afiliar siempre a los empleados a la seguridad social, en calidad de dependientes, que podrá ser en la modalidad de tiempo parcial. También se especifica que en esta modalidad de trabajo no podrá pactarse la cláusula de exclusividad, pues estas empresas deberán generar los reportes respectivos a las entidades recaudadoras de aportes e informar a los trabajadores y trabajadoras al final de cada mes el número de horas laboradas, incluyendo el tiempo en que estuvieron conectados a la plataforma.

Estas empresas deberán informar a los trabajadores y trabajadoras sobre:

  • Los sistemas automatizados de supervisión que se utilizan para hacer un seguimiento, supervisar o evaluar la ejecución del trabajo realizado por los trabajadores y trabajadoras de plataformas.
  •  Los sistemas automatizados que se utilicen para tomar o apoyar decisiones que afecten las condiciones de trabajo de los trabajadores y trabajadoras de plataformas, en particular su acceso a las tareas asignadas, sus ingresos, su seguridad y salud en el trabajo, su tiempo de trabajo, su promoción y su situación contractual, incluida la restricción, suspensión o cancelación de su cuenta.

Por otro lado, también se indica que estas empresas tendrán que implementar políticas de no discriminación. Así mismo sus términos y condiciones de uso no podrán bajo ningún motivo discriminar por razones de salud, sexo, orientación sexual, identidad de género, creencia religiosa o política, nacionalidad, filiación sindical o cualquier otra que impida el derecho al trabajo.

Fuente: El Tiempo

Por: Karen Laverde

@kareeen__lorena

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