Argentina se enfrenta al aborto

Por: Alberto Cabezas

PERIÓDICO VALORES. – «No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana». Argentina ha firmado varia legislación al respecto como el Plan de Acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, el 30 de septiembre de 1990. Los derechos de la infancia están plenamente estipulados en la Convención sobre los Derechos del Niño. Elaborada durante 10 años con las aportaciones de representantes de diversas sociedades, culturas y religiones, la Convención fue aprobada como tratado internacional de derechos humanos el 20 de noviembre de 1989 en suelo argentino” expreso Adriana Delicio Abogada del Registro de abogados del niño de la Suprema Corte de justicia de Mendoza Argentina e Integrante del Partido Valores Mendoza.

“Argentina está obligada a respetar el derecho a la vida que tiene el niño desde la concepción en el seno materno. En virtud de su legislación vigente en nuestra Constitución Nacional, en el Código civil argentino y por los tratados de derechos humanos en los que se ha comprometido. Pero fundamentalmente tiene que respetar la vida del niño desde la concepción en el seno materno porque es un derecho humano inherente a la persona que no necesita que la ley lo declare ni lo puede suprimir porque es independiente e irrevocable” sostuvo.

Agrego “La vida humana comienza desde la concepción en el seno materno. Por lo dicho el derecho a la vida es un derecho humano, absoluto, independiente e irrevocable. Todos los seres humanos somos personas desde la concepción en el seno materno sin necesidad de reconocimiento legal y aunque la ley lo niegue. Este derecho lo trae inserto el ser humano en su propia naturaleza, nadie ni nada puede privarlo de él”.

Con Delicio conversó el Periódico Valores.

Entrevista.

¿Que estipula el Código Penal de Argentina sobre la posibilidad de la violación de la vida?

Nuestro Código penal establece que matar una persona constituye un delito, no importa la edad del fallecido.

¿Qué pasará entonces con los médicos que practican el aborto?

La ciencia ha demostrado acabadamente que la existencia de la persona comienza desde la concepción en el seno materno.

Los médicos en su juramento hipocrático se comprometen a defender la vida. No a matar como les exige la reciente ley 27.610 en Argentina.

Se protegen en nuestro país los huevos de numerosas especies silvestres, la vida del ser humano en el seno materno no es menos, no debe ser discriminada y merece al menos el mismo respeto y protección.

¿Argentina tradicionalmente ha sido provida?

Nuestro país ha sido y es provida.

Nunca se discutió el derecho a la vida desde la concepción en el seno materno.

¿Qué legislación habla sobre el derecho de la vida?

Argentina firmó numerosos tratados internacionales en los que se protege fundamentalmente la vida, los derechos humanos, se compromete a garantizar la protección a la vida desde la concepción en el seno materno hasta la muerte.

A defender y proteger a la mujer embarazada y al niño. No a elegir entre uno de ellos dos.

Muchos de esos tratados internacionales firmados por la república argentina fueron constitucionalizados en la reforma Constitucional del año 1.994 por el artículo 75 inciso 22, y hoy tienen el mismo rango que nuestra constitución y las leyes.

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